Juzgado general de bienes de difuntos

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El Juzgado General de Bienes de Difuntos (1550-1813) fue una institución de derecho indiano, una una jurisdicción privativa y especializada presente en cada Real Audiencia de los Reynos de Indias. Bajo la jurisdicción de este Juzgado estaban los bienes hereditarios de quienes fallecían en el Nuevo Mundo sin tener allí herederos sucesibles. Los bienes de difuntos, eran administrados por el Juzgado y transferidos a Sevilla, a la Casa de Contratación, la cual tenía la tarea de localizar a los herederos legítimos situados en la Península Iberica. Creado en la primera mitad del siglo XVI fue abolido en 1813.