Caso por venta de dólares a futuro

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Plantilla:Ficha de caso judicial Caso por venta de dólares a futuro es la denominación más difundida de la causa penal cuya carátula es Banco Central de la República Argentina y otros s/defraudación por administración fraudulenta (n° 12152/2015 ) que es un proceso iniciado en Argentina en octubre de 2015 en el que se investiga la eventual responsabilidad penal de funcionarios por las ventas a término de dólares estadounidenses realizadas por el Banco Central (BCRA) en el Mercado a término de las ciudades de Rosario y Buenos Aires que habrían violado las normas legales vigentes, entre otros motivos porque eran hechas por importes inferiores a los precios de mercado vigentes en ese momento.

El 11 de noviembre de 2016 la Cámara Federal de Apelaciones confirmó[1]la resolución del 13 de mayo de 2016 del juez de la causa Bonadio procesando a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, el exministro de Economía Axel Kicillof y otros exfuncionarios, agregando a los demás argumentos que el mismo día 23 de octubre de 2015 en el cual el BCRA vendió a un precio de 10,8165 pesos, el ICBC revendió contratos con idénticos vencimientos a 12,225 pesos.[2][3]

El Mercado a término

Plantilla:Ap Los mercados de futuros y opciones son entidades que organizan la compra y venta de contratos de derivados, que en la mayoría de los casos se trata de contratos de futuro y de contratos de opciones sobre futuros. En Argentina, están autorizados para ese objeto el Mercado a Término de Buenos Aires S. A (Matba) y el Mercado a Término de Rosario S.A. (Rofex), que son entidades privadas autorreguladas, cuyas normas deben ser aprobadas por la Comisión Nacional de Valores CNV para su aprobación. En los contratos de futuro las partes se comprometen a intercambiar (comprar y vender) un activo físico o financiero (denominado activo subyacente), a un precio determinado (cierto) y en una fecha futura preestablecida al firmarse dicho acuerdo. En los contratos de opciones una parte (el tomador o titular), mediante el pago de una suma de dinero (prima), adquiere el derecho (pero no contrae la obligación) de exigir a la otra parte (el lanzador) la compra (opción de compra o "call") o la venta (opción de venta o "put") de ciertos subyacentes (activos determinados, contratos de futuros o índices) a un precio fijo predeterminado, sea durante un período preestablecido o en cierta fecha.[4]

Frente del Banco Central de la República Argentina

En Argentina las operaciones de dólar futuro tenían en octubre de 2015 un mínimo de 1000 dólares, pero no era necesario contar con todo el dinero en efectivo al momento de realizar el contrato, ya que únicamente se deposita una garantía que puede ser en pesos o activos financieros. Al vencimiento, no se entrega la cantidad de dólares que se vendieron, sino que se liquidan en pesos las diferencias de precio resultantes.[5]

Facultades del Banco Central de la República Argentina en la materia

De acuerdo con el artículo 18° de su Carta Orgánica, Ley 24144, el B.C.R.A. podía “Comprar y vender a precios de mercado, en operaciones de contado y a término, títulos públicos, divisas y otros activos financieros con fines de regulación monetaria, cambiaria, financiera y crediticia”;[6]por otra parte, el Directorio del Banco fija el tope de la denominada “posición abierta” que es el monto tope del total de los contratos abiertos que mantiene en una determinada fecha un participante y/o sus comitentes en el mercado de futuros.

Operatoria del BCRA entre septiembre y noviembre de 2015

El tope de la “posición abierta” era de U$S 10 000 millones al 1° de septiembre de 2015 y el Directorio lo fue ampliando hasta llegar el 27 de octubre a los U$S 20 000 millones.

La resolución del 13 de mayo del juez Bonadio puntualizó que al 1° de septiembre de 2015 el Banco tenía una posición abierta de U$S 5320 millones de dólares, el volumen operado por todo el mercado fue de U$S 699 millones y el precio de cierre del dólar fue de $ 9,3030. El 29 de septiembre la posición abierta era de U$S 7004 millones, el volumen operado era de U$S 497 millones y el precio de cierre del dólar de $ 9,3640. El 15 de octubre la posición abierta llegaba a los U$S 10 674 millones, el volumen operado fue de U$S 258 millones y el precio de cierre fue de $ 9,4830. El 30 de octubre la posición abierta era de U$S 15 323 millones, el volumen operado fue de U$S 1216 millones y el cierre fue de $ 9,5460.

El 2 de noviembre de 2015, que era el día siguiente hábil a la denuncia penal interpuesta, el volumen operado fue de U$S 6 millones y el valor de cierre de $ 9,5540. La máxima posición abierta presentada por el B.C.R.A. fue la de U$S 18 033 los días 19 y 20 de noviembre.

Cristina Fernández de Kirchner

Comisión Nacional de Valores

Plantilla:Ap La Comisión Nacional de Valores (CNV) es un organismo autárquico del Estado regido por la ley N° 26831 de Mercado de Capitales que tiene como objetivo otorgar la oferta pública velando por la transparencia de los mercados de valores, y la correcta formación de precios en los mismos, así como la protección de los inversores.

En los hechos analizados en la causa, la primera intervención de esta entidad vinculados a los mismos fue el 30 de octubre de 2015, el mismo día en que se presentó la denuncia.

Causa penal

Denuncia y procesamiento

El 30 de octubre de 2015 los legisladores Mario Negri y Federico Pinedo denunciaron al titular del BCRA Alejandro Vanoli por las operaciones de ventas de dólares a término hechas en octubre de 2015 y la denuncia fue adjudicada al Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11 a cargo de Claudio Bonadio e intervino el fiscal Eduardo Taiano.[6]

El 17 de diciembre, el nuevo presidente del BCRA del gobierno de Mauricio Macri, Federico Sturzenegger, dispuso una devaluación cercana al 40%,[7] la mayor registrada desde 2002, cuando se puso fin a la convertibilidad. Ante una consulta, el juez Bonadio contestó que «no había ninguna medida restrictiva ordenada que impidiera el pago de los contratos».[8][9] Entre las personas que habían comprado dólares a futuro se encontaban dirigentes del macrismo, como Mario Quintana o José Torello, o empresarios que según el diario Página/12 eran cercanos a este, como Nicolás Caputo o Cablevisión.[10]

El 26 de febrero de 2016, a pedido del fiscal, el juez llamó a indagatoria a diversos funcionarios imputados y, una vez cumplida esa diligencia, dictó la resolución del 13 de mayo en la que declaró la falta de mérito para continuar procesados de tres personas que habían sido indagadas y dispuso el procesamiento, sin prisión preventiva, por el delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública, previsto y reprimido por el art. 173, inc. 7° en función del art. 174, inc. 5° y art. 45 del Código Penal de la Nación de:[6]

Defensas

Cristina Fernández de Kirchner argumentó en su defensa que en la operatoria “no obtuvo rédito personal alguno…lo cual da cuenta de que nunca ha obrado con el fin de procurar para sí un lucro indebido" y que el propio juez reconocía que las operaciones ejecutadas por el BCRA no procuraban causar un perjuicio para su patrimonio ni beneficiar a terceros, sino simplemente estabilizar el valor de la moneda nacional, por lo que “tampoco se halla satisfecho el elemento subjetivo exigido por el tipo penal", concluyendo entonces que su procesamiento era arbitrario. [11][12]

Axel Kicillof afirmó en su defensa que en la causa no hay ninguna denuncia sobre un eventual beneficio a algún funcionario, empresario u otra persona vinculada a la anterior gestión y que la intervención del "dólar futuro" por parte del Banco Central es "una operatoria normal y parte habitual de la política cambiaria" con la cual en 2015 la entidad "evitó que se produjera una mega-devaluación inmediata de la moneda por causa de una corrida cambiaria…No se hizo nada extraño, sino seguir implementando medidas en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, que estaban incluso plasmadas en la Ley de Presupuesto"; en esta forma, agregó, "es imposible afirmar que la venta de contratos atados al valor del dólar futuro a un precio distinto es un delito…"Se puede estar de acuerdo o no, pero seguro no es materia del derecho penal, no es ilegal y no es delito".[13]

Axel Kiciloff

Otro de los procesados, el expresidente del BCRA Alejandro Vanoli, coincidió con Axel Kicillof en que los contratos de dólar futuro buscaban enviar señales “claras y contundentes” de que no se planteaba convalidar expectativas de devaluación y afirmó que las ventas se concretaron a precio de mercado y conforme las previsiones fijadas en el presupuesto para 2016 aprobada por el Congreso.[5]

Las defensas también sostuvieron que ni el valor de la moneda estadounidense denominado “blue”, que era ilegal, ni el establecido en el mercado no regulado de Nueva York, eran parámetros a tomar en cuenta para la determinación del “valor de mercado” al momento de las operaciones.[6]También afirmaron que como la ley de presupuesto 27198 preveía un tipo de cambio nominal de $/USD 10,60 para 2016, si se hubieran ofrecido futuros de dólar a precios distintos a los fijados por la ley de presupuesto, se habría incumplido con dicha ley.[6]

Argumentos para el procesamiento

Precio de mercado de los dólares a futuro

La resolución de procesamiento del 13 de mayo señaló que de acuerdo con el artículo 18° de su Carta Orgánica, Ley 24144, el B.C.R.A. puede “Comprar y vender a precios de mercado, en operaciones de contado y a término, títulos públicos, divisas y otros activos financieros con fines de regulación monetaria, cambiaria, financiera y crediticia”. Dice que al momento de la celebración de los contratos el precio de mercado del dólar no era “el que se venía generando artificial y costosamente por parte de la ruinosa intervención en los mercados del B.C.R.A.” pues “al no permitir comprar dólares mediante el denominado “cepo cambiario” el resultante en plaza local no es un precio verídico, porque no hay oferta pública legítima, es decir: no hay oferta y demanda libre.”

En la resolución cita la nota titulada “Dólar Futuro en NY: a un año: $16,30” del periódico Ámbito Financiero del 20 de octubre de 2015 (o sea antes de la primera vuelta de las elecciones presidenciales) en la que, aludiendo a la fuerte intervención del B.C.R.A. con futuros, informaba que tuvo “…pocos efectos en las plazas en que los grandes jugadores operan libremente: los contratos de la divisa en Nueva York se dispararon ayer hasta un 7% (casi un peso), hasta ubicarse en $16,30 para dentro de doce meses; y en las cuevas de la City el ‘blue’ se encareció 17 centavos, hasta llegar a un récord de $16,11”… “Los inversores parecen presumir que el proceso de devaluación estará ya consumado una vez pasado marzo. Pero que los primeros ajustes relevantes sobre el tipo de cambio se percibirán desde el primer mes de gestión.” [6]

La conclusión del juez es que en esa operatoria se estaba soslayando deliberadamente el verdadero precio de mercado. Cita el juez el testimonio de Juan Carlos Fábrega, que fuera presidente del BCRA bajo la presidencia de Cristina Fernández, quien sostuvo que no existió motivo razonable que justificara el aumento del límite para operar habida cuenta que el único vendedor de futuros era el B.C.R.A., y expresó: “… A lo que se suma el hecho claro de que se advertía una evolución del tipo de cambio muy por debajo de la evolución de los precios, hecho que avizoraba una corrección del tipo de cambio…intuyo que esto fue motivado en la necesidad de no demostrar la necesidad de corrección del tipo de cambio que existía en ese momento. Se pudo advertir para aquel momento que a muchos importadores el B.C.R.A. no les vendía los dólares para pagar sus importaciones y a través de este instrumento se generaron una cobertura teniendo en cuenta las expectativas que claramente se avizoraban en el mercado de devaluación. Esto en definitiva es el efecto que buscaron para demorar el proceso de corrección cambiaria…”[6]

Alejandro Vanolli

El 25 de octubre fue la primera vuelta electoral y los dos candidatos presidenciales habilitados para la segunda vuelta sostenían públicamente la necesidad de un corrimiento del tipo de cambio, si bien se diferenciaban en cuanto a su implementación gradual y administrada para uno o librada al mercado para otro.[6]

Subordinación fáctica del B.C.R.A. y de la C.N.V. al Poder Ejecutivo Nacional

Al analizar la responsabilidad de los distintos procesados, la resolución considera acreditado que la operatoria ilegal fue realizada desde el PEN utilizando los resortes institucionales y desplazando a los funcionarios independientes, reemplazándolos con otros alineados política y/o personalmente a las autoridades nacionales para asegurarse tener en los hechos los votos necesarios –que la carta orgánica no le otorgaba- citando entre otros casos el caso de Juan Carlos Fábrega, que debió renunciar cuando la presidenta Cristina Kirchner lo acusó de complicidad de las maniobras cambiarias del sistema financiero y fue reemplazado por Alejandro Vanoli, un funcionario afín a las ideas del Poder Ejecutivo. [6]También afirma que “Es impensable que una operación financiera de esta magnitud, en la cual en menos de 45 días hábiles se llevaron las posiciones del B.C.R.A. de U$s 5.000 millones a U$S 17.000 millones (de dólares), que tendría claros efectos económicos y políticos en un futuro inmediato, sea desarrollada sin la aprobación expresa del más alto nivel de decisión económico y político del Poder Ejecutivo Nacional.”

Respecto del alea característico de los contratos a futuro la resolución afirmó que “el valor que verdaderamente correspondería a la moneda estadounidense era aproximadamente un 40% mayor al pactado….el perjuicio estaba acaeciendo cada vez que se celebraba un contrato de dólar futuro a un precio artificialmente bajo. Es por eso que en la especie no existió en momento alguno el alea característico de los contratos a futuros puesto que el valor en que se ofrecía cobertura vendedora y se pretendía fijar el artificioso dólar oficial era muchísimo menor al que los mercados libres lo cotizaban” y transcribe la declaración del procesado Biscay:

“Con los resultados de la primera vuelta, ocurrida el 25 de octubre y hasta el 22 de noviembre, la presión especulativa, por el contrario, respondió a condiciones de certidumbre respecto a que el candidato de Cambiemos era el favorito del mercado y, en caso de imponerse, se abría la posibilidad de desregular el mercado de cambios, la cuenta capital, convalidando con ello una devaluación del orden del 50%.”[6]

Perjuicio para el Estado

El BCRA tuvo una pérdida total efectiva (sólo por los contratos vencidos al 29 de febrero de 2016 de $77.325.739.330 que prácticamente equivalen a una tercera parte de las reservas es lo que tuvo que expandirse o emitir para hacer frente al cumplimiento de los contratos correspondientes a noviembre, diciembre de 2015, enero y febrero de 2016. [6]

Causas paralelas

En una causa paralela, el juez Bonadio, Federico Sturzenegger, el vicejefe de Gabinete, Mario Quintana, y el director del Banco Central, Pablo Curat fueron imputados por «defraudación por administración infiel en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad y violación a los deberes de funcionario público; prevaricato por parte del juez y tentativa de estafa procesal y de privación ilegal de la libertad». En el primer caso por «prevaricato, al dictar resoluciones contrarias a la ley y fundadas en hechos falsos» e incurrió en «tentativa de estafa procesal y de privación ilegal de la libertad mediante la alteración de la base fáctica de la causa con el propósito de dar sustento a medidas cautelares restrictivas de la libertad». En los últimos dos casos por haber participado en la decisión de devaluar y de determinar el precio final de los dólares futuro tras haber celebrado contratos de dólares a futuro, con lo que habrían obtenido beneficios económicos de sus propias decisiones como funcionarios.[14][15][16]

En tanto Bonadio fue denunciado por no enjuiciar a los responsables de la devaluación que generó las pérdidas para el Estado nacional, y por haber autorizado el pago de los dólares a futuro. Cristina Fernández solicitó el juicio político de Bonadio ante el Consejo de la Magistratura por el allanamiento del Banco Central para buscar información que ya había sido presentada, por enjuiciar a los responsables de la operatoria original y no a los responsables de la devaluación que generó las pérdidas para el Estado nacional, y porque el propio juez Bonadio había autorizado el pago de los dólares a futuro cuya creación —según el mismo— habría configurado un delito.[17]

Declaraciones políticas sobre la causa

Axel Kicillof afirmó que la causa tiene exclusivamente carácter político y que de prosperar significaría judicializar la política económica y se llegaría al absurdo de que el poder judicial sea el que determina cuál política económica debe aplicarse en base a si es o no un delito. Agregó que el único objetivo del juez Bonadio es la persecución de ciertas personas para, como mínimo, dejar la sospecha de que son corruptas,[13]una “cortina de humo para distraer la atención de los ajustes y devaluación de la administración de Mauricio Macri.[5]

Al conocerse la confirmatoria del procesamiento el bloque de diputados nacionales del Frente para la Victoria expresó su “solidaridad” con la expresidenta y afirmó que “un grupúsculo del Poder Judicial actúa guiado por el revanchismo político”.[18]

Referencias

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  7. Error de Lua: Error interno: El intérprete ha finalizado con la señal "-129".
  8. http://www.bigbangnews.com/politica/Contraataque-K-denuncian-a-Bonadio-y-a-Sturzenegger-por-el-pago-del-dolar-futuro-20160413-0031.html
  9. http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-297346-2016-04-19.html
  10. http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-297233-2016-04-18.html
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  14. Imputaron por pagar los contratos del dólar futuro
  15. Página 12
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